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La Agencia Espacial sigue en Sevilla: el Supremo rechaza la pretensión de Teruel
El Tribunal Supremo ha rechazado suspender de forma
cautelar la elección de Sevilla como sede de la Agencia Espacial Española, como
había pedido el Ayuntamiento de Teruel --ciudad que había optado también por
ser sede--.
Los magistrados han denegado la petición del
consistorio turolense de suspender --como medida cautelar-- el acuerdo del
Consejo de Ministros, de fecha 5 de diciembre de 2022, por el que se designa a
la ciudad de Sevilla como sede física de dicha agencia.
En un auto, recogido por Europa Press, el tribunal
ha explicado que no ve riesgo de que se produzca una situación irreversible si
no se acuerda la suspensión solicitada. Según ha precisado, el propio
Ayuntamiento de Teruel indicó que hasta ahora solo se ha elegido a Sevilla como
sede de la Agencia Espacial Española y que ni se ha creado el organismo ni se
ha aprobado su estatuto.
Al hilo, los magistrados han incidido en que hasta
el momento se trata de una resolución simplemente nominativa, por lo que no es
pertinente acordar una suspensión urgente. Y han explicado que, si cambia la
situación actual, el Ayuntamiento de Teruel podría volver a presentar una nueva
petición de medida cautelar.
Al margen, el tribunal ha concluido que no concurre
la apariencia de buen derecho como razón para fundamentar la medida cautelar
--tal y como solicita el Ayuntamiento-- y ha recordado que ya el Supremo tiene
un criterio fijado sobre cuándo se deben aplicar este tipo de medidas.
Aún debe pronunciarse sobre el fondo
En la resolución, de la que ha sido ponente el
magistrado Pablo Lucas, el tribunal ha asegurado que será al estudiar el fondo
del asunto cuando se pronuncie sobre la procedencia o no de fijar la sede de la
Agencia Espacial Española antes de su creación o sobre los criterios empleados.
Cabe recordar que el Ayuntamiento de Teruel presentó
su candidatura, pero el Informe de Evaluación de Candidaturas le incluyó en el
grupo de "deficiencias técnicas". El consistorio recurrió la decisión
del Consejo de Ministros de elegir a Sevilla y solicitó la suspensión cautelar
del acuerdo hasta que el Supremo resolviese su recurso.
Al rechazar la petición, el Supremo ha acordado
imponer las costas de este incidente al Ayuntamiento de Teruel hasta un máximo
de 600 euros.
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